La Ley de Seguridad Ciudadana del Partido Popular - por Francesc Sánchez

Sección de Reportajes
La Ley de Seguridad Ciudadana del Partido Popular
por Francesc Sánchez


El gobierno del Partido Popular encabezado por el presidente Mariano Rajoy ha aprobado una nueva ley de Seguridad Privada que amplia las competencias de los guardias de seguridad privado. Pero aquí de lo que vamos a tratar es de la intención de aprobar una Ley de Seguridad Ciudadana que restringe gravemente derechos y faculta a los cuerpos de seguridad del estado a sancionar administrativamente con cuantiosas multas a quién la incumpla.

La ley

Entre las infracciones muy graves, que comprenden multas de 30.001 a 600.000 euros a los que las efectúen, nos encontramos con la convocatoria y asistencia a manifestaciones en período electoral, la perturbación muy grave del orden en actos públicos (políticos, deportivos, culturales, espectáculos y oficios religiosos), reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas (centrales nucleares o aeropuertos), la fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados, la celebración de espectáculos públicos o recreativos prohibidos, y el deslumbramiento con dispositivos láser a pilotos y chóferes de tren o autobús.

Entre las infracciones graves, que comprenden multas de 1.001 a 30.000 euros, nos encontramos con las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos, o los altos tribunales, la perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos y culturales, la alteración del orden público encapuchado, los desórdenes graves en la vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes, la obstrucción a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios, el poner obstáculos a la actuación de los servicios de emergencia, la desobediencia o resistencia a los agentes de la autoridad y la negativa a identificarse, la perturbación del orden en campaña electoral, las manifestaciones o reuniones sin autorización y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad, el llevar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario, las ofensas o ultrajes a España, por cualquier medio, a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos (incluyendo la ofensa a los símbolos, himnos o emblemas), la prostitución y la demanda de sus servicios cerca de parques, colegios, y arcenes de carreteras, la fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico, la obstrucción a las inspecciones y controles en fábricas, locales y establecimientos, la justificación del terrorismo (incluyendo aquí la exhibición de fotografías de terroristas), la xenofobia y la violencia contra la mujer, el uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización, la falta de colaboración con la policía en la averiguación o prevención del delito, los actos que atenten contra la indemnidad sexual de los menores, el consumo y tenencia de drogas en lugares públicos, el consumo de alcohol colectivamente (el botellón) cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana, los taxis de la droga (las cundas), el cultivo de drogas, los daños graves al mobiliario urbano o la construcción de barricadas, la escalada de edificios públicos o históricos como forma de protesta, el dejar sueltos animales feroces o peligrosos, y el maltrato animal.

Entre las infracciones leves, que comprenden multas de 100 a 1.000 euros, nos encontramos con el incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación, las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad (se incluye la difusión de imágenes), las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas, cuando estas no constituyan delito (incluyendo la falta de respeto y de la consideración debida a la autoridad o sus agentes), la ocupación de cualquier espacio común, público o privado, o la permanencia en él contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular, la tercera y posteriores pérdidas o extravíos y sucesiva petición de expedición de documentación personal en un plazo de cinco años, la colocación no autorizada en la vía pública de elementos o de estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables, la práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados, el entorpecimiento indebido de cualquier modo de la circulación peatonal, el escalamiento de edificios o monumentos sin la debida autorización (se incluyen también los lanzamientos), y la remoción de vallas, cercados, empalizadas, barreras, verjas o encintados, fijos o removibles, colados por las fuerzas de seguridad para delimitar perímetros de seguridad.

En casos de reincidencia la sanción podrá ser de 2 años y un día hasta 6 años de prisión por infracciones muy graves y hasta 2 años de prisión por infracciones graves. En el caso de que los infractores sean extranjeros puede perderse la posibilidad de obtener permisos de residencia y trabajo. Si son extranjeros sin el permiso de residencia la sanción por una infracción grave o muy grave puede ser la expulsión.

Se establece también la obligación de reparar el daño o su indemnización por los daños y perjuicios causados. Y se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

La argumentación

El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana tiene la oposición de los partidos políticos de izquierda y ha recibido llamadas de atención de la Unión Europea (de ahí algunas rebajas en las multas de algunas infracciones) sin embargo puede aprobarse por la mayoría absoluta que tiene el Partido Popular en el Congreso.

Entre las infracciones aparecen las que hacen referencia a todo tipo de protesta no autorizada. Por lo que en estos tiempos en un contexto de grave crisis económica, en los que la gente sale a la calle para protestar por los recortes sociales que efectúa el gobierno, con esta nueva ley se pretende disuadir a la ciudadanía en su derecho de protestar y manifestarse. Protestas como la del movimiento de Los Indignados (el 15M) con sus campamentos en plazas públicas o protestas frente al Parlamento con esta nueva ley probablemente no habrían sido posibles. La solidaridad con las personas desahuciadas a puerta del domicilio tampoco habrían sido posibles. La prohibición expresa como infracción muy grave de manifestaciones justo antes del periodo electoral habría impedido las protestas en contra del gobierno del Partido Popular exigiendo la verdad de los Atentados del 11 de Marzo de 2004. La prohibición de difusión de imágenes de los cuerpos de seguridad del estado haría difícil la denuncia de la brutalidad policial en las manifestaciones o de las palizas que en algún caso han llegado a la muerte del apaleado. Si a esto le sumamos la infracción de la ofensa o injuria a España, a las Comunidades Autónomas, o a los Ayuntamientos, no de recibo pero siempre discutible, en este mismo contexto de crisis económica en el que son frecuentes nuevos casos de corrupción, la situación se complica.

En definitiva con esta nueva Ley de Seguridad Ciudadana se pretende amedrentar a la ciudadanía en sus derechos más elementales defendidos por nuestra Constitución. Pero bien sabemos que la Constitución es atendida y utilizada cuando conviene al partido que ostenta el gobierno, sería banal enumerar los artículos que no se cumplen en este país. En un mundo en que la gente está saliendo a las calles a protestar por sus derechos en países con dictaduras (las revueltas en el mundo árabe) o democracias (recordemos las protestas de Grecia, Turquía, Brasil o ahora en Ucrania) en España nos acercamos peligrosamente a los limites que definen nuestra democracia.

Documento relacionado: Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana

Francesc Sánchez – Marlowe. Barcelona.
Redactor, El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 13 Diciembre 2013.